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Ciudad de México, 22 septiembre 2017.- En caso de que no cuentes con los documentos comprobatorios de tu propiedad después de que esta fue dañada a consecuencia de los sismos, el Colegio Nacional de Notariado Mexicano sugirió indicar si el inmueble esta escriturado.
Se pueden recuperar con el notario que se realizó el trámite hasta 5 años después de este. En caso de que hayan transcurrido más de 5 años es necesario acudir al Archivo de Notarias o al Registro Público de Propiedad, dependiendo en la localidad que te encuentres.
La búsqueda se facilitara si cuentas con el nombre y número del notario ante el que se realizó el trámite, así como fecha y numero del instrumento público.
También es importante recalcar que las propiedades que aun cuenten con un crédito hipotecario será la institución bancaria quien tenga los datos de las escrituras y estas mismas tienen un seguro contra daños por siniestros, ya sea total o parcial.
En caso de que no esté escriturada la propiedad, se deberá ir ante un notario para que este brinde la asesoría sobre los pasos que se deben seguir, porque es posible apoyarse en el plano del padrón catastral, licencias de construcción y alineamientos de numeración para presentar un juicio que permita comprobar la propiedad del inmueble y así otorgar y firmar la escritura.
Se aconseja escriturar las propiedades aun cuando estas no sufrieran daños, ya que esto facilitaría muchos trámites futuros.
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