Senadoras proponen cambiar ley laboral en favor de empleados domésticos

Ciudad de México, 7 de Noviembre 2017 (Notimex).- La senadoras del PRD, Angélica de la Peña; del PRI, Diva Hadamira Gastélum, y del PAN, María del Pilar Ortega Martínez, Martha Elena García Gómez y Marcela Torres Peimbert, proponen cambios a la Ley Federal del Trabajo para fortalecer los derechos de las personas trabajadoras del hogar.

Peña Gómez señaló en tribuna que de aprobarse las reformas, dichas personas contarán con las prestaciones establecidas en la ley, como vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, acceso a seguridad social y aguinaldo.

Además, prohibiría la contratación de personas menores de 15 años, y tratándose de adolescentes mayores de edad, el patrón deberá fijar jornadas que no excedan seis horas diarias ni 36 horas semanales; también evitaría la contratación de adolescentes mayores de 15 años que no hayan concluido la secundaria.

Se define como trabajador del hogar, toda persona que de manera remunerada realice actividades de aseo, asistencia y demás labores inherentes al hogar en el marco de una relación laboral que no importe para el patrón beneficio económico directo, conforme a las horas diarias o jornadas semanales establecidas en la ley.

La ley establece tres modalidades: personas que trabajan para un patrón y residen en el domicilio, que trabajan para un patrón y no residen en el domicilio, y las que trabajan para diferentes patrones y no residen en el domicilio de ninguno de ellos.

Los cambios prevén que el trabajo en el hogar se fije mediante contrato escrito que incluya como mínimo la dirección del trabajo habitual, la fecha de inicio, término y duración, tipo de trabajo a realizar, remuneración y periodicidad de los pagos, así como horas de trabajo, pago de vacaciones y descansos, entre otros.

A las personas trabajadoras migrantes se le dota de protección y seguridad para no ser discriminadas, y se les da las mismas condiciones de trabajo que las nacionales, garantizando condiciones de vida decorosa e higiénica, atención médica, contrato de trabajo, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, detalla que para las personas trabajadoras del hogar que residan en el domicilio del patrón, las jornadas de trabajo no podrán exceder ocho horas diarias, y cuando excedan deberán de considerarse horas extras.

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