Revisan operación de 21 carpas callejeras de pruebas Covid-19 en Naucalpan

Autoridades verifican si tienen permiso actualizado de la Cofepris, pues se les autorizó laborar en la pasada administración municipal

Cuidad de México | 17 de enero de 2022. | Redacción.-

Tan sólo en Naucalpan operan unas 21 carpas callejeras donde se realizan pruebas para detectar casos de Covid-19, cuya instalación es revisada por autoridades municipales, toda vez que los permisos extendidos para su funcionamiento habrían sido otorgados en la pasada administración.

Estas carpas de pruebas Covid no pueden operar sin permiso de la Comisión Federal para Prevenir Riesgos Sanitarios (Cofepris), por lo que autoridades del nuevo ayuntamiento, que encabeza la alcaldesa Angélica Moya Marín, realizan inspecciones para verificar que cuenten con dicha autorización.

“Tenemos localizadas 21 carpas de pruebas Covid-19, siete de ellas operan en sitios fijos en calles y avenidas del municipio de Naucalpan y 14 de forma itinerante, pero puede haber más”, dijo, por lo que autoridades locales revisan cuidadosamente su operación, que generalmente se deriva de un laboratorio establecido.

En las primeras dos semanas de este año, cientos de automovilistas han formado filas en carpas callejeras instaladas especialmente en Ciudad Satélite, donde conductores y familias completas se someten a pruebas para detectar o descartar un contagio sin bajar de su auto, por precios que van de los 700 a los 3 mil pesos de acuerdo al tipo de análisis.

La Secretaría de Salud del Estado de México informó que, a través de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (Coprisem), realiza vigilancia sanitaria a laboratorios y puntos de toma de muestras donde se aplican pruebas moleculares, de anticuerpos y de antígeno.

Estas inspecciones “son con la finalidad de constatar el cumplimiento de las medidas higiénicas y condiciones de funcionamiento que deben aplicar los propietarios, responsables, encargados u ocupantes de dichos establecimientos”.

Autoridades de Coprisem precisaron que “esos espacios no requieren de autorización sanitaria, únicamente deben presentar un aviso de funcionamiento y de responsable que debe cumplir con perfil médico o químico, en términos de los artículos 47 y 200 bis de la Ley General de Salud”.

Corresponde exclusivamente a las autoridades sanitarias federales evaluar y autorizar los insumos (pruebas) que son utilizadas para la detección del virus.

Los test serológicos deberán contar con el registro sanitario otorgado por la Cofepris para garantizar que cumplen con los requisitos de calidad, seguridad y eficacia.

“Compete a la autoridad municipal emitir la licencia o permiso provisional de funcionamiento atendiendo el uso de suelo y privilegiando que no impliquen un riesgo para la población”, indicaron autoridades de Coprisem.

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