Pilotos de puerto deberán tener título profesional, señalan diputados

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México, 10 Nov (Notimex).- La Comisión de Marina de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen con proyecto de decreto que modifica la Ley de Navegación y Comercio Marítimo para establecer que para ser piloto de puerto se debe tener título profesional de piloto naval y de capitán de altura.

La instancia legislativa, presidida por el legislador Gustavo Cárdenas Gutiérrez, de Movimiento Ciudadano, precisó que ese documento tiene que ser expedido por una escuela náutica acreditada ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

FOTO: gob.mx
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El objetivo es que dicho personal cuente con los conocimientos necesarios para asesorar al capitán del buque sobre los riesgos respecto a las embarcaciones mayores que arriben o zarpen de un puerto o zona de pilotaje, todo ello con el objetivo de garantizar la seguridad.

En la minuta que reforma el Artículo 57 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, se considera que para realizar maniobras de entrada, salida, fondeo, enmienda, atraque o desatraque con las embarcaciones, la profesión idónea es la de piloto naval y capitán de altura.

El diputado Cárdenas Gutiérrez señaló que la unidad jurídica de la Coordinación General de Puertos y la Secretaría de Marina-Armada de México (Semar) solicitaron que el requisito para ser piloto de puerto esté establecido en la Ley y no solo sea un trámite administrativo como lo es actualmente.

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