A partir de ayer, 9 de octubre de 2023, entró en vigor la reforma al Código Penal local, con la que se aumentan las penas de seis a 20 años de prisión a quienes derriben, talen, destruyan o provoquen la muerte de árboles en la Ciudad de México.
Además, se establecen multas de seis mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización vigente (UMAs).
El decreto por el que se modifica el artículo 345 Bis y se adiciona el artículo 346 Bis del Código Penal se publicó en la Gaceta Oficial el pasado 6 de octubre, tras su aprobación en el Congreso local.
¿Qué actividades relacionadas con tala ilegal serán sancionadas en CDMX?
En un comunicado, la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) precisó que el decreto establece la misma pena de hasta 20 años de prisión, a quien ilícitamente comercie, acopie, almacene, transforme o distribuya madera en rollo, astillas, carbón vegetal u otra materia prima forestal, además de una sanción económica de 10 mil a 15 mil UMAs. La pena de prisión aumentará en una mitad cuando el que participe sea servidor público o beneficiario de programas sociales de protección al medio ambiente.
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