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México, 23 Ago (Notimex).- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión realizó la declaratoria de constitucionalidad de la reforma a los artículos 7, 16, y 73 de la Carta Magna, en materia de justicia cotidiana.
“Para dimensionar la magnitud del asunto, basta señalar que en términos generales, la justicia cotidiana implica soluciones que se generan día con día en las interacciones del hogar, la oficina, la escuela o en otros entornos, para una convivencia armónica y en paz”, afirmó la senadora del PRI, Verónica Martínez Espinoza.
Dijo que con ello se eleva a rango constitucional la utilización de medios alternativos de solución de conflictos, entre ellos, la negociación, la mediación, conciliación y arbitraje.
En tribuna, la senadora Martínez Espinoza expuso la importancia de la reforma de justicia cotidiana en materia de legislación única procesal civil y familiar, que fue aprobada por el Congreso de la Unión en diciembre de 2016, y la cual fue ratificada por 18 congresos estatales.
Durante la sesión de este miércoles, se informó sobre la recepción de 18 oficios de los congresos de los estados de Campeche, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán.
En los mismos se informa la aprobación al proyecto de decreto por el que se reforman dichos artículos constitucionales en materia de justicia cotidiana, en particular, lo que se refiere a la solución de conflictos en materia civil y administrativa.
“La armonización y homologación del funcionamiento de los registros civiles de todo el país, constituyen una cuestión fundamental para garantizar el derecho a la identidad, en ello radica la importancia y trascendencia de facultar al Congreso para legislar sobre una ley en dicha materia”, agregó.
Martínez Espinoza dijo que estas modificaciones responden a la necesidad de dar solución a la problemática de altos índices de subregistro en el nacimiento de niños o la falta de documentos oficiales que dificultan el acceso al derecho a la identidad, garantía medular para hacer asequible el pleno desarrollo individual.
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